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Análisis de la acción de División de cosa común | División de bienes divisibles e indivisibles.

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Derecho civil

Análisis de la acción de División de cosa común | División de bienes divisibles e indivisibles

La acción de división de cosa común es un tipo de procedimiento contemplado en nuestro ordenamiento jurídico que permite a los copropietarios de un bien poner fin a la situación de copropiedad. Este derecho se recoge en el artículo 400 del Código Civil que establece que: “ningún copropietario está obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos puede pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común”.

Concepto de División de Cosa Común

La copropiedad, o comunidad de bienes, se da cuando varias personas tienen un derecho de propiedad sobre un mismo bien. Este bien puede ser divisible, como una cantidad de dinero, o indivisible, como una vivienda. La división de cosa común es la acción mediante la cual los copropietarios solicitan la disolución de esta comunidad, distribuyendo el bien común entre ellos o, en su caso, vendiéndolo y repartiendo el precio obtenido.

El procedimiento para la división de la cosa común puede levarse a cabo:

  1. De mutuo acuerdo: Si todos los copropietarios están de acuerdo en cómo dividir el bien. Esto suele requerir la intervención de un notario si se trata de bienes inmuebles, para formalizar el acuerdo y proceder a la inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad.

  2. En el Juzgado: En caso de que no exista acuerdo, cualquiera de los copropietarios puede acudir a la vía judicial para solicitar la división.

La acción judicial pidiendo la división de la cosa común, puede concluir de las siguientes formas:

  • Reparto del bien, siempre que el mismo sea divisible. Consiste en repartir físicamente el bien entre los copropietarios. Esta es la opción preferente siempre que el bien sea divisible y la división no afecte negativamente al valor de las partes resultantes.

El Tribunal Supremo ha afirmado en diversas sentencias que la indivisibilidad del bien debe interpretarse de manera restrictiva. Se considera indivisible cuando la división resulta imposible o económicamente perjudicial para las partes.

  • Venta del Bien y Reparto del Precio: Si el bien no es divisible (por ejemplo, una vivienda), el juez puede ordenar su venta en subasta pública o privada, y repartir el precio obtenido entre los copropietarios.

  • Adjudicación a uno de los Copropietarios: Si uno de los copropietarios desea quedarse con el bien, puede adjudicárselo pagando la parte proporcional a los demás copropietarios.

Un punto muy importante en este tipo de procedimientos es la correcta Valoración del bien: Es fundamental tener una tasación o un informe pericial para poder saber cuál es el valor del bien.

El derecho a pedir la división de cosa común no es absoluto. Existen situaciones en las que este derecho puede verse limitado, como el Pactos de indivisión: Los copropietarios pueden pactar la indivisión de la cosa común por un plazo máximo de 10 años, prorrogable por otro período igual. Este pacto puede ser modificado por acuerdo de todos los copropietarios.

La acción de división de cosa común es un derecho que garantiza a los copropietarios la posibilidad de salir de una situación de copropiedad en cualquier momento. Sin embargo, cuando las partes no están de acuerdo, se requiere el inicio de un procedimiento judicial. Si estas en esta situación contacte con lex Iberia Servicios Jurídicos y nuestro equipo de abogados expertos, le asesorara tras estudiar minuciosamente su caso.