Estas son dos de las preguntas más recurrente que solemos recibir por parte de nuestros clientes en LexIberia Servicios Jurídicos, en relación al tema de la reclamación de los gastos de constitución de hipoteca.
En relación a las cantidades que se pueden reclamar, a día de hoy, la jurisprudencia es pacífica y de acuerdo con lo dictaminado por el Tribunal Supremo, se pueden reclamar las siguientes cantidades más intereses.
-50% del importe de la Factura de Notaria, consecuencia de la escritura de préstamo Hipotecario.
-100% del importe de la factura correspondiente a la Inscripción en el Registro de la Propiedad de la Hipoteca a favor del su entidad bancaria.
–100% de los Gastos de Gestoría. Aquí se puede reclamar, lo que la gestoría suele imponer el banco, para realizar los trámites necesarios para la constitución e inscripción de la hipoteca.
-100% de los Gastos de Tasación del inmueble. En este caso, se hace referencia al coste de la Tasación que el banco exige al prestatario, antes de firmar una Hipoteca.
Sobre la cuestión de la prescripción, con fecha 25 de Enero de 2024, se pronunció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (asuntos acumulados C-810/21 a C-813/21.
El TJUE en esta Sentencia afirmar que; para determinar el inicio del cómputo del plazo de prescripción para reclamar los gastos hipotecarios, es decir, ejercitar la acción por parte del consumidor para obtener la restitución de las cantidades pagadas indebidamente con arreglo a una cláusula contractual abusiva, tampoco puede considerarse que la existencia de una jurisprudencia nacional consolidada sobre la nulidad de cláusulas similares constituye una prueba de que se cumple el requisito relativo al conocimiento, por el consumidor de que se trate, del carácter abusivo de esa cláusula y de las consecuencias jurídicas que se derivan de ella (61 y Declaración 2).
Por tanto, todo parece indicar, que hasta que no se pueda acreditar que el consumidor, tiene conocimiento de manera efectiva de la abusividad de esta cláusula no comienza el plazo de prescripción.
Si firmó una hipoteca antes del año 2019, conserva sus facturas y quiere reclamar a su banco, contacte con Lexiberia Servicios Jurídicos, contamos con abogados expertos en derecho bancario y con una amplia experiencia en Reclamación de Gastos Hipotecarios.
Desde nuestro despacho, revisaremos con rigor su hipoteca a fin de saber no solo si puede reclamar sus gastos hipotecarios, sino también si existen otras cláusulas nulas en su hipoteca, que también pueda reclamar, tales como cláusula suelo, pago de prima única del seguro…